110408-INCENDI A RELLEU


http://www.diarioinformacion.com/benidorm/2011/04/08/controlan-incendio-matorral-relleu/1114318.html

Sucesos-08/04/2011

Controlan un incendio de matorral en Relleu

Los bomberos han dado por controlado esta tarde el fuego dos horas después de que comenzara

EFE El Consorcio provincial de bomberos ha dado por controlado un incendio declarado esta tarde en una zona de matorral cercana a la carretera que une la localidad alicantina de Relleu con la sierra de Aitana.

Según el Consorcio, el fuego se ha originado sobre las 14.30 horas debido, al parecer, a una quema descontrolada en una zona de matorrales próxima al kilómetro 4 de la carretera CV-778, a su paso por el municipio de Relleu.

En las labores de extinción han intervenido varios vehículos del parque de bomberos de Benidorm, un helicóptero, dos brigadas rurales y un camión autobomba forestal.

Los efectivos movilizados han dado por controlado el fuego a las 16.28 horas y, en estos momentos, sólo se mantiene una de las brigadas rurales en el lugar, donde permanecerá en retén durante toda la noche, según las mismas fuentes.

http://www.laverdad.es/alicante/20110408/local/provincia_alicante/incendio-matorrales-relleu-201104082006.html

Incendio de matorral está bajo control

El incendio se ha controlado a las 16:28 horas y en estos momentos sólo se mantiene una Brigada Rural

08.04.11 - 20:06 - C.C.B. |

Alrededor de las 14:30 horas se originó un incendio en la carretera entre Relleu y Sierra Aitana, en la CV-778 Km. 4, debido a una quema descontrolada.

A la extinción acudieron un vehículo Rural y un Nodriza desde el parque de bomberos en Benidorm, un helicóptero del Consorcio Provincial, dos Brigadas Rurales de Emergencia y una Autobomba Forestal.

El incendio se ha controlado a las 16:28 horas y en estos momentos sólo se mantiene una Brigada Rural, que permanecerá en retén durante la noche.

http://www.lasprovincias.es/agencias/20110408/comunitatvalenciana/comunitat/controlado-incendio-zona-matorrales-relleu_201104082020.html

NOTICIAS DE COMUNITAT VALENCIANA 20:20

Controlado un incendio en una zona de matorrales de Relleu (Alicante)

Agencia EFE

Relleu (Alicante), 8 abr (EFE).- El Consorcio provincial de bomberos ha dado por controlado un incendio declarado esta tarde en una zona de matorral cercana a la carretera que une la localidad alicantina de Relleu con la sierra de Aitana.

http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=775046

Controlado un incendio en una zona de matorrales en Relleu (Alicante)

08-04-2011 / 20:30 h

Relleu (Alicante), 8 abr (EFE).- El Consorcio provincial de bomberos ha dado por controlado un incendio declarado esta tarde en una zona de matorral cercana a la carretera que une la localidad alicantina de Relleu con la sierra de Aitana.

Según el Consorcio, el fuego se ha originado sobre las 14.30 horas debido, al parecer, a una quema descontrolada en una zona de matorrales próxima al kilómetro 4 de la carretera CV-778, a su paso por el municipio de Relleu.

En las labores de extinción han intervenido varios vehículos del parque de bomberos de Benidorm, un helicóptero, dos brigadas rurales y un camión autobomba forestal.

Los efectivos movilizados han dado por controlado el fuego a las 16.28 horas y, en estos momentos, sólo se mantiene una de las brigadas rurales en el lugar, donde permanecerá en retén durante toda la noche, según las mismas fuentes. EFE

101118-UnaRelleuera-LaJuezDecanaD'AlcoiTitularNº3

18/NOVEMBRE/2010

M. CANDELA
El nuevo Palacio de Justicia de Alcoy tendrá capacidad para seis juzgados, frente a los cuatro con que cuenta en la actualidad, además de mayor espacio para la Fiscalía, la sección forense, la atención a las víctimas del delito o el Colegio de Abogados. La juez decana, Diana Cantó, destacó las condiciones del inmueble, en el transcurso de una visita junto con los titulares, los secretarios de las salas locales y los fiscales; el secretario autonómico de Justicia Jorge Cabré; el alcalde Jorge Sedano y varios concejales.
La obra civil, como ya informó este diario, está terminada y en estos momentos la Conselleria de Justicia está acometiendo el cableado y la colocación de las líneas para los sistemas informáticos, una actuación que tiene un presupuesto de 1,2 millones de euros. El propósito de la Generalitat es que todos los trabajos que restan estén terminados a finales de febrero o principios de marzo, período en el que podría efectuarse el traslado de las dependencias desde el actual inmueble de la plaza Al-Azraq. Cabré significó que se adquirirá el mobiliario necesario, pero matizando que "si una silla actual sirve, se empleará. No vamos a hacer ni un gasto injustificado en esta época".
Por lo demás, destacó el resultado estético del inmueble, y señaló que una vez esté en marcha se firmará un acuerdo con el Ayuntamiento, en referencia a la cesión del actual edificio de Al-Azraq, que pasará a manos municipales. Hay que recordar que la mayor parte del coste de esta obra ha corrido a cargo del Ayuntamiento. El alcalde, por su parte, expresó su "tremenda satisfacción" por el resultado del edificio, en el que se han invertido 3 millones de euros, y que permite "recuperar patrimonio y el casco antiguo".
La juez decana Diana Cantó, titular del número 3, considera válido el inmueble, que según explicó "está previsto para albergar seis juzgados", es decir, dos más de los que tiene en estos momentos el Partido Judicial de Alcoy. Los juzgados 1 y 2 compartirán espacios comunes para los funcionarios, al igual que el 3 y el 4, y la Fiscalía -cuyas condiciones actuales son lamentables- tendrá espacio hasta para seis acusadores públicos, dos más de los que hay en la actualidad. También indicó que se han habilitado salas multiusos para cada juzgado, así como una clínica forense y dependencias para la Atención a las Víctimas del Delito y para el Colegio de Abogados. De hecho, los letrados dispondrán de "peceras" en cada planta, para poder estudiar los expedientes antes de los juicios.
El sótano cuenta con el espacio para los archivos y con las celdas, así como con las instalaciones eléctricas. Hay que recordar que hace dos años se efectuó una visita similar, de la que partió la necesidad de una ampliación.

101014-Un Relleuer Guanya una Sentencia Contra Correus i Telegrafs


Pere Cantó i Casanova afincat a Relleu, junt al seu Sindicat Solidaritat Postal ,guanya una Sentenciadel Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana pionera contra la empresa de Correus i Telegrafs SAE , que afecta a tot els empresses del estat espanyol.
Rafael Cortes Martinez (Secretari General del SSP)
Pere Canto i Casanova (Secretari de Organizació del SSP)
Miembres del Comité d'Empresa de Correus SAE d'Alacant.
Eleuteri Jesus Macià i Davó (Secretari d'Administració i Finanses del SSP)
Informat en:
Mes informació:

101014-PRENSA-LAVERDAD-DiarioDeAlicante

TRIBUNALES

EL TSJ PERMITE LAS VACACIONES AL AÑO SIGUIENTE DE LA BAAJA DE UN TRABAJADOR
14.10.10 -
01:08 -

101013-Prensa Didital-El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana , avala que un trabajador disfrute las Vacaciones despues de la baja

http://eur-lex.europa.eu/smartapi/cgi/sga_doc?smartapi!celexplus!prod!DocNumber&lg=es&type_doc=Directive&an_doc=2003&nu_doc=88


SINDICATO SOLIDARIDAD POSTAL GANA UNA SENTENCIA EN EL TRIBUNAL SUPERIOR JUSTICIA de la comunidad Valenciaina,respecto a las Vacaciones despues del periodo de baja , incluso al año siguiente.

SENTENCIA PIONERA EN ESPAÑA.


14/10/2010-EL MUNDO-DIARIO ESCRITO

El TSJ permite las vacaciones al año siguiente de la baja de un trabajador.

Se basa en una directiva Europea ,por encima del Estatuto o los Convenios Colectivos.

http://www.solidaridadpostal.com/docs/noticias/5_ELMUNDO.ES-VACACIONES_14-10-10.pdf


14/10/2010-LA VERDAD.ES- PROVINCIA ALICANTE

El TSJ permite las vacaciones al año siguiente de la baja de un trabajador.

En una sentencia histórica, ratifica otra de un juez de lo Social de Alicante tras desestimar un recurso de Correos contra el sindicato Solidaridad Postal.

http://www.laverdad.es/alicante/v/20101014/provincia/permite-vacaciones-siguiente-baja-20101014.html


13/10/2010-LA VERDAD.ES-MURCIA-NOTICIAS DE ECONOMIA

TSJCV avala que un empleado disfrute vacaciones al año siguiente por una baja

http://www.laverdad.es/agencias/20101013/economia/tsjcv-avala-empleado-disfrute-vacaciones_201010131458.html


13/10/2010-LA VERDAD.ES-ALICANTE-TRIBUNALES

El TSJCV avala que un empleado disfrute de vacaciones tras una baja prolongada

Este empleado solicitó a la empresa disfrutar de sus vacaciones de 2008 unos dos meses y medio después de reincorporarse a su puesto de trabajo.

http://www.laverdad.es/alicante/20101013/local/provincia_alicante/tsjcv-avala-empleado-disfrute-201010131557.html


13/10/2010-LAS PROVINCIAS.ES-CASO EN ALICANTE

El TSJCV avala que un empleado de baja acumule sus vacaciones y disfrute de ellas al año siguiente

Un fallo del órgano judicial respalda que un empleado de Correos en Alicante disfrute de sus vacaciones de 2008 a lo largo de 2009.

http://www.lasprovincias.es/20101013/mas-actualidad/sociedad/tsjcv-avala-empleado-baja-201010131602.html


13/10/2010-INFORMACION.ES-

El TSJCV avala que un empleado tenga vacaciones al año siguiente por una baja

. La sentencia admite el derecho del trabajador a disfrutar de sus vacaciones al año siguiente tras estar un año de baja.

http://www.diarioinformacion.com/alicante/2010/10/13/tsjcv-avala-empleado-tenga-vacaciones-ano-siguiente-baja/1053687.html


13/10/2010-ABC.ES-NOTICIAS AGENCIAS

TSJCV avala que un empleado disfrute vacaciones al año siguiente por una baja.

http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=550996


13/10/2010-INTERECONOMIA.COM

Un fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat valenciana (TSJCV) avala que un empleado de Correos en Alicante disfrute de sus vacaciones al año siguiente a causa de una baja prolongada por enfermedad.

http://www.intereconomia.com/noticias-negocios/analisis/laboral/avalan-que-empleado-disfrute-vacaciones-al-ano-siguiente-baja


13/10/2010-CANARIAS7.ES-SOCIEDAD

Una baja médica no anula las vacaciones laborales.

http://www.canarias7.es/articulo.cfm?id=186344


13/10/2010-NORTECASTILLA.ES-NOTICIAS DE ECONOMIA.

Un fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) avala que un empleado de Correos en Alicante disfrute de sus vacaciones al año siguiente a causa de una baja prolongada por enfermedad.

http://www.nortecastilla.es/agencias/20101013/economia/tsjcv-avala-empleado-disfrute-vacaciones_201010131458.html


13/10/2010-HOY.ES-NOTICIAS DE ECONOMIA

TSJCV avala que un empleado disfrute vacaciones al año siguiente por una baja.

http://www.hoy.es/agencias/20101013/economia/tsjcv-avala-empleado-disfrute-vacaciones_201010131458.html


13/10/2010-ELDIARIOMONTANES.ES

El TSJCV avala que un empleado tenga vacaciones al año siguiente por una baja.

http://www.eldiariomontanes.es/agencias/20101013/economia/tsjcv-avala-empleado-disfrute-vacaciones_201010131458.html


14/10/2010-ADN.ES-VALENCIA

101013-El TSJ de Valencia reconoce el derecho de los trabajadores/as a disfrutar de sus vacaciones al año siguiente tras una baja por enfermedad.

www.solidaridadpostal.com

El TSJ de Valencia reconoce el derecho de los trabajadores/as a disfrutar de sus vacaciones al año siguiente tras una baja por enfermedad.


Alicante a 13 de Octubre de 2010

El TSJ de Valencia reconoce el derecho de los trabajadores/as a disfrutar de sus vacaciones al año siguiente tras una baja por enfermedad.

El TSJ de Valencia falla contra el Convenio de Correos por estar en contra de la normativa comunitaria.

La sentencia hace compatible el derecho al disfrute delas vacaciones con la incapacidad temporal, aunque haya terminado el año natural.

Iguala el derecho a las vacaciones del trabajador/a, enincapacidad temporal por enfermedad común a la trabajadora en incapacidad por maternidad.

Con fecha 17 de septiembre de 2010 la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ( TSJCV) ha dictado sentencia , confirmado la sentencia del Juzgado de lo Social Seis de Alicante, en demanda promovida por elSindicato Solidaridad Postal (SSP) , en la que cambia el criterio de la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo en lo referente al disfrute de vacacionesanuales cuando el trabajador se encuentra en situación de incapacidad temporal y no puede disfrutarlas antes del 31 de diciembre.

La sentencia reconoce el derecho a disfrutar de las vacaciones del año 2008, durante el año 2009, en contra de lo establecido en el Convenio Colectivo y condena a la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A a permitir al empleado disfrutar de las vacaciones del año 2008, que no tuvo por encontrarse de baja por enfermedad.

Correos se oponía al disfrute de las vacacionesamparándose en el artículo 43 del Convenio Colectivoy el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores que establece que las vacaciones anuales “se disfrutaran dentro del año natural” y que solo se tiene derecho a disfrutar de las vacaciones en fecha distinta en caso de embarazo, haya o no terminado el año natural. Además Correos afirmaba que no le era aplicable la legislación comunitaria, ni la Sentencia de la Comunidad Europea de 20-1-2009 y que el trabajadorni siquiera solicito el disfrute de sus vacaciones dentro del año 2008, por lo que debe entenderse que renuncio implícitamente a su derecho.

La sentencia de la Sala de lo Social de Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valencianaavala la postura promovida por el Sindicato Solidaridad Postal en la demanda que solicitaba la aplicación del la Directiva Comunitaria 2003/88 de Ordenacion de Tiempo de Trabajo que contradice la Jurisprudencia del Tribunal Supremo .

La Sala de lo Social de TSJV de Valencia afirma en la sentencia que la jurisprudencia unificada del Tribunal Supremo, que no reconocía el derecho al disfrute fuera del año natural, no puede mantenerse al haber sido superada por la contenida en la sentencia del TJCE de 20-1- 2009. Que declara que el efecto positivo de las vacaciones anuales retribuidas para la seguridad y la salud del trabajador se despliega plenamente cuando se disfrutan en el año previsto, es decir, durante el año en curso, ese tiempo de reposo no pierde interés a este respecto si se disfruta en un período posterior

En la sentencia, la Sala de lo Social del TSJCV aplicando el Derecho Comunitario, concluye que setrata de determinar si el trabajador, que permaneció en situación de enfermedad durante el año 2008 , y por tanto no pudo disfrutar de sus vacaciones anuales, pierde el derecho a disfrutar dichas vacaciones anuales por el hecho de coincidir el período de disfrute con su situación de Incapacidad Temporal, y la conclusión a la que debe llegarse es que tiene derecho al disfrute de las vacaciones anuales del 2008, durante el año 2009, pues es evidente que sólo tras ser dado de alta, el 26-1-09, pudo solicitar su disfrute, careciendo de sentido que debiese solicitarlas en 2008 siendo que no podía trabajar por encontrarse en incapacidad temporal ( enfermo) , situación en la que la relación laboral permanece suspendida, por lo que ninguna renuncia se ha producido.

Valoración del Sindicato Solidaridad Postal

La sentencia tiene una gran importancia y repercusión, amplia el reconocimiento del derecho de vacaciones al año siguiente cuando trabajador no se encuentran en condiciones físicas y mentales para hacer uso del mismo.

Además confirma que la incapacidad temporal o enfermedad no supone una renuncia al derecho de vacaciones.

Además declara inaplicable el artículo 43 del Convenio Colectivo de Correos por oponerse a la normativa comunitaria, al limitar el disfrute de las vacaciones al año natural en caso de enfermedad (elConvenio de Correos regula las relaciones laborales de 36502 trabajadores en todo el territorio nacional , según datos de la memoria anual del año 2009).

La interpretación y aplicación del Derecho Comunitario dado por la Sala de lo Social es extensible a todos los acuerdos individuales y colectivos de todas las empresas que limiten la libranza de vacaciones por razón de enfermedad.

Rafael Cortes Martinez (Secretario General del SSP)
Pere Canto i Casanova (Secretario de Organización del SSP)
Miembros del Comité de Empresa de Correos SAE de Alicante.